La Resolución del 22 de noviembre de 2023, emitida por el director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (AVFGA), convoca anticipadamente las ayudas financiadas por FEADER para la aplicación de medidas de gestión forestal sostenible en los años 2024 y 2025.
Estas ayudas, enmarcadas en el Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020, tienen el propósito de impulsar una bioeconomía sostenible en las zonas rurales, generando empleo y contribuyendo al desarrollo socioeconómico.
En este post te ayudamos a entender mejor esta política vertebral para Europa, la publicación de ayudas en la Comunidad Valenciana, y si estás interesado en aplicar a las mismas, te damos unas pautas para hacerlo, opciones para conseguirlo y nuestros servicios para acompañarte en el proceso antes, durante y después. Así como nuestras herramientas que ayudarán en el proceso de planificación, en la redacción de los instrumentos de gestión y en la obra y/o mantenimiento del medio forestal.
El Desarrollo Rural, política europea clave
El desarrollo rural es el «segundo pilar» de la política agrícola común (PAC), que refuerza el «primer pilar» de apoyo a la renta y medidas de mercado mediante la mejora de la sostenibilidad social, medioambiental y económica de las zonas rurales.
La PAC contribuye al desarrollo sostenible de las zonas rurales mediante tres objetivos a largo plazo:
- aumentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura;
- garantizar la gestión sostenible de los recursos naturales y la acción por el clima;
- lograr un desarrollo territorial equilibrado de las economías y comunidades rurales incluyendo la creación y conservación del empleo.
La contribución de la PAC a los objetivos de desarrollo rural de la UE está respaldada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). El presupuesto del Feader para el período 2021-2027 asciende a 95 500 millones de euros, lo que incluye una inyección de 8 100 millones de euros de Next Generation EU, el instrumento de recuperación para ayudar a hacer frente a los retos planteados por la pandemia de COVID-19.
Las normas aplicables al gasto en desarrollo rural durante el período 2021-2022 se establecen en el Reglamento transitorio de la PAC, adoptado el 23 de diciembre de 2020. El Reglamento prorroga en gran medida las normas vigentes (inicialmente en vigor para el período 2014-2020) y añade algunos elementos para garantizar una transición fluida a la nueva PAC, cuya aplicación está prevista para 2023.
Los países de la UE ejecutan la financiación del Feader a través de programas de desarrollo rural (PDR). Los PDR están cofinanciados por los presupuestos nacionales y pueden elaborarse a escala nacional o regional. Si bien la Comisión Europea aprueba y supervisa los PDR, las decisiones relativas a la selección de proyectos y concesión de pagos se toman en instancias nacionales o regionales.
Cada PDR debe trabajar en favor de al menos cuatro de las seis prioridades del Feader:
- promover la transferencia de conocimientos y la innovación en el sector agrícola y el sector silvícola y en las zonas rurales;
- mejorar la viabilidad y la competitividad de todos los tipos de agricultura y promover las tecnologías agrícolas innovadoras y la gestión sostenible de los bosques;
- promover la organización de la cadena alimentaria, el bienestar de los animales y la gestión de riesgos en la agricultura;
- promover la eficiencia de los recursos y alentar el paso a una economía hipocarbónica y capaz de adaptarse a los cambios climáticos en el sector agrícola, el de los alimentos y el forestal;
- restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura;
- fomentar la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales.
El reglamento nº1305/2013 de ayuda al desarrollo rural permite, como novedad respecto al periodo 2007-13, que los EEMM presenten un programa nacional y un conjunto de programas regionales, garantizando la coherencia entre las estrategias nacional y regionales.
En la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural de 24 y 25 de julio de 2013 se acordó la elaboración de un Programa Nacional de Desarrollo Rural (PNDR), con una asignación FEADER máxima de 238 millones de euros, siendo ésta la cantidad de fondos adicionales de desarrollo rural asignados a España en el periodo 2014-2020 respecto al periodo anterior.
La asignación final a las CCAA se ajustó teniendo en cuenta el grado de ejecución del actual periodo de programación y las posibles deficiencias del indicador comunitario de población rural a la hora de reflejar la realidad de algunas CCAA.
Ayudas a la gestión forestal sostenible en la Comunidad Valenciana
El Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 abarca en la submedida 8.5 operaciones como instrumentos de gestión forestal sostenible y mejoras ambientales, paisajísticas y fomento de los ecosistemas forestales. Se destaca la compatibilidad de estas ayudas con la Política Comunitaria de Competencia y la no sujeción a ciertas disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Las bases de las ayudas fueron publicadas en febrero de 2020, y la convocatoria busca mitigar los impactos económicos de las medidas de confinamiento por la pandemia de COVID-19 en el sector agroforestal. La resolución especifica el objeto, ámbito y condiciones de las ayudas, detallando el procedimiento de concesión, requisitos para los beneficiarios y la financiación a cargo de FEADER, el Ministerio de Agricultura y la Generalitat Valenciana.
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (22 de noviembre de 2023). Se establece la preferencia de presentación en las direcciones territoriales competentes, con opciones tanto presenciales como telemáticas. Además, se detallan los documentos necesarios, declaraciones responsables y criterios de valoración.
La resolución prevé la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y la notificación a los beneficiarios, indicando que sus datos serán públicos conforme a normativas europeas y nacionales. Se establece un plazo máximo de seis meses para la resolución y notificación de las solicitudes.
Asimismo, se informa sobre el tratamiento de datos personales y se establece la obligación de los beneficiarios de cumplir con la transparencia en la financiación de las actuaciones subvencionadas. La forma de pago se detalla, así como el procedimiento para comunicar irregularidades y sospechas de fraude.
Documentación necesaria para tramitar la solicitud de ayudas
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
- Justificación de la titularidad: – de los derechos de propiedad, mediante certificado catastral descriptivo y gráfico; – de los derechos de uso y disfrute mediante documento notarial.
- En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras o estatutos en los que conste la capacidad de obrar del representante que realiza la solicitud o, en su defecto, certificado del acuerdo del órgano de gobierno por el que este sea nombrado.
- En el caso de agrupaciones de titulares forestales sin personalidad jurídica, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, acreditado mediante documento notarial.
- Si los titulares forestales pertenecen a alguna asociación de titulares forestales con personalidad jurídica, certificado del secretario de la asociación indicando su pertenencia a la misma.
- Memoria justificativa de la actuación a realizar firmada por el solicitante o representante. Cuando la actuación para la que se solicita la subvención esté contenida en un instrumento técnico de gestión forestal (ITGF), este hecho se reseñará en la memoria justificativa, indicando el código de expediente del instrumento aprobado.
- Presupuesto de la actuación a realizar, con desglose por partidas y conceptos de gasto, firmado por el solicitante o representante.
- Planos de la actuación sobre base topográfica y sobre ortofoto a escala 1/5.000 o 1/10.000.
- En el caso de ayuntamientos, se incluirá acuerdo del pleno municipal para solicitar la ayuda.
- Modelo de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado según la Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat. Cuando las personas interesadas necesiten dar de alta o modificar una cuenta bancaria para la percepción de las ayudas convocadas, dicha actuación se realizará preferentemente de manera telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat a través del trámite PROPER: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648
- Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
El formulario de solicitud incorporará las siguientes declaraciones responsables, que deberán ser suscritas por el solicitante:
- No estar incurso en alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2.º del artículo 13, y el artículo 13.3. bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- No haber solicitado otra ayuda para la misma finalidad. En caso de haber obtenido subvenciones para los mismos gastos subvencionables procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas nacionales o internacionales, deberá especificar la cuantía, la fecha de concesión y el organismo que concede la ayuda.
- Cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social de personal con diversidad funcional, si es el caso.
- La catalogación como finca rústica no urbanizable de los terrenos objeto de actuación.
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Uno de los problemas más comunes en las actividades rurales es la tramitación de licencias, permisos, subvenciones y ayudas cada año. La administración no suele ponerlo fácil además de tener unos plazos y unos procedimientos largos y difíciles de entender.
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